El primer modelo de democracia, la de la antigua Grecia, era una democracia directa. En la práctica, esto significaba que el pueblo - los ciudadanos libres de Atenas – adoptaban casi todas las decisiones conjuntamente. Sin embargo, tras la Edad de Oro de Atenas, bajo el gobierno de Pericles, (siglo quinto antes de Cristo), este sistema se disolvió.
Las razones de esta disolución juegan un papel muy importante en la comprensión de las oportunidades e instrumentos ofrecidos hoy por la democracia directa. El Ágora de Atenas albergaba un espacio para 5000 a 6000 personas, un número demasiado alto para las discusiones reales que abordaban temas con un enfoque equilibrado, basado en intereses comunes.
Esto dio lugar a la rápida polarización de la asamblea popular (ecclesia), la escalada del conflicto entre los ricos y los pobres y la demagogia de la "lucha de clases". Otro factor que no sirvió a los fines de la democracia directa (con una asamblea popular) es que los ciudadanos de Atenas tenían que asistir a tres o cuatro asambleas en un mes y se involucraron de tal modo en la política y los asuntos públicos que, como Giovanni Sartori escribió en su famoso libro sobre la democracia, su pasión por la política les condujo al declive de la economía.
En la era moderna, el marco de la restauración de la democracia era el estado territorial en lugar de la ciudad-estado. En este contexto, la democracia directa (es decir, la discusión en el ágora), no pudo establecerse por lo que fue sustituida por la democracia representativa. La base para este cambio fue que los parlamentos se convirtieron en los instrumentos de representación popular con la introducción de elecciones democráticas.
Durante los siglos XX y XXI, el ejercicio de la democracia directa ha disminuido significativamente en los estados modernos dado que el enfoque moderno de la democracia se centra en la representación.
Tres formas institucionales de democracia directa - de la influencia directa de los ciudadanos en la toma de decisiones políticas - han surgido en los sistemas representativos modernos. Fundamentalmente son a) el referéndum (nacional o local), b) iniciativas populares y c) convocatorias extraordinarias. Estas instituciones y procedimientos tienen como objetivo la posibilidad de compensar los defectos de la democracia representativa.
El procedimiento más utilizado es el referéndum que permite a los electores votar directamente sobre ciertas cuestiones políticas o legislativas. Para que el resultado del referéndum sea legítimo, es muy importante que las preguntas sean tan simples como claras (para que los votantes sepan interpretarlas de manera nítida). Por lo tanto, la formulación de una pregunta sometida a referéndum requiere de una cuidadosa regulación. En consecuencia, hay cuestiones que no pueden ser objeto de un referéndum bajo ciertas constituciones y leyes. Constituciones y leyes que deben regular también cómo los referendos deben ser conducidos y gestionados. En cuanto a los efectos jurídicos de sus resultados, los referendos pueden ser vinculantes o consultivos.
No existe una terminología estandarizada. En lugar de referéndum, el voto popular y plebiscito son términos de uso frecuente. Plebiscito se utiliza sobre todo cuando se pone en cuestión el cambio de soberanía (por ejemplo, sobre un territorio) o en la forma de gobierno / estado. Voto popular es más bien utilizado como un término paraguas.
En el caso de una iniciativa popular, la democracia directa sirve al propósito de posibilitar a los ciudadanos a establecer (por supuesto, después de recoger el número necesario de firmas) una cuestión para ser incluida en la agenda de los órganos legislativos. Esto también requiere de una cuidadosa regulación en la forma y autenticación de las hojas de recogida de firmas, el registro y la duración de los plazos, el número de signaturas válidas requeridas por el órgano legislativo pertinente para discutir el tema de la iniciativa popular. Los países siguen prácticas diferentes en cuanto a esta cuestión.
En la ciencia política, los referendos son considerados una forma inferior de toma de decisiones políticas en comparación con el parlamento por lo que la democracia directa se limita a completar o corregir a la democracia representativa. Algunos dicen que los instrumentos de la democracia directa causan inestabilidad en el funcionamiento de la democracia. Desde el punto de vista de "regiones nacionales" en Europa, el supuesto efecto desestabilizador y cambiante de la democracia directa es una oportunidad estratégica importante, ya que puede servir para introducir cambios en el derecho público (autonomía, autogobierno).
En este caso, la inestabilidad debe interpretarse más bien como una "transición", la transformación del marco del derecho público, en el que los procedimientos de democracia directa se sitúan a la vanguardia de la democracia. En este sentido, la conclusión del Tribunal Constitucional de Hungría debe ser citado: "el ejercicio directo del poder es una forma especial de ejercicio de la soberanía popular que, en los casos excepcionales en los que se introduce, debe tener prioridad sobre el ejercicio de los poderes de representación".
Teniendo en cuenta que la burocracia existente en la gobernanza multinivel de la UE es percibida por los ciudadanos europeos como falta de democracia y una característica ilegítima de gobierno, la Unión Europea también trata de poner remedio a esta situación a través del instrumento correctivo de la democracia directa.
La Iniciativa Ciudadana Europea fue introducida por primera vez en el Tratado de Lisboa, que establece que "no menos de un millón de ciudadanos que sean nacionales de un número significativo de Estados miembros, podrá tomar la iniciativa de invitar a la Comisión, en el marco de sus competencias, para que presente una propuesta adecuada sobre cuestiones que estos ciudadanos estimen que requieren de un acto jurídico de la Unión para la aplicación de los tratados". Sobre esta base, una directiva de la UE adoptó el acuerdo de que la iniciativa debe ser lanzada por un comité ciudadano integrado por un mínimo de 7 personas que sean residentes en, por lo menos, 7 Estados miembros. Los miembros del Parlamento Europeo no pueden ser incluidos en el número de los componentes del comité. El número mínimo de signatarios por Estado miembro se calcula sobre la base del número de diputados al Parlamento Europeo del país (el número de los miembros electos del Parlamento Europeo multiplicado por 750).
Antes de la recogida de declaraciones de apoyo, los organizadores deberán solicitar la inscripción de la iniciativa en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea a través del sistema de registro en línea creado por la Comisión Europea. La Comisión debe responder a esta solicitud dentro de los dos meses y puede negarse a registrar la solicitud si: a) la composición del comité ciudadano no cumple con la normativa o no ha designado representante, b) la presentación de la propuesta solicitada constituye un acto jurídico manifiestamente fuera del marco de competencias de la Comisión y c) la iniciativa es manifiestamente abusiva, frívola o vejatoria; d) la iniciativa es manifiestamente contraria a los valores de la Unión.
Después del registro oficial de la iniciativa propuesta, la organización podrá solicitar que ésta se registre también en otras lenguas oficiales de la Unión.
Las declaraciones de apoyo se pueden recoger en papel o electrónicamente. Los Estados miembros podrán introducir diferentes modelos para la declaración de apoyo. Las autoridades competentes de cada Estado miembro son responsables de la verificación y certificación de las declaraciones recogidas de apoyo y deben emitir un certificado del número de declaraciones de apoyo válidas en el plazo de 3 meses.
Después de recoger las declaraciones de apoyo, los organizadores deberán presentar su iniciativa a la Comisión Europea para la revisión sustantiva y la posterior decisión. La Comisión debe decidir dentro de los 3 meses si tiene la intención de adoptar cualquier acción. Básicamente, la Comisión puede decidir, exhibiendo razones apropiadas, sobre las tres opciones siguientes: a) que presente una propuesta de un nuevo acto jurídico del Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo; b) que solicite una evaluación de impacto, o c ) para no tomar acción alguna.
Como se puede observar, las iniciativas de ciudadanos de la UE están sujetas a las limitaciones de forma y de procedimiento bastante estrictas. Sin embargo, estas iniciativas pueden resultar beneficiosas para las "regiones nacionales" que tienen sus poderes especiales reconocidos, si esta iniciativa se sustancia como una cuestión europea común.